Se extendió la exhoneración de IVA en panificados y fideos por 30 días.

La Razón

El gobierno uruguayo a través de la ley 20.0208 y de acuerdo a la misma se podía extender la vigencia de esta medida por única vez.

Ejecutivo firmó el decreto que prórroga por 30 días más la exoneración del IVA a panificados y fideos. Según la ley 20.028, el Poder Ejecutivo podía extender la vigencia de esta medida por única vez.

En el decreto se explica que “actualmente persisten las condiciones económicas internacionales y regionales inestables que determinaron la sanción de la Ley Nº 20.028”.

El pasado 4 de abril, el gobierno había enviado al Parlamento el proyecto de ley que exonera el IVA al “pan blanco común, galleta de campaña, pastas y fideos que actualmente se encuentran gravados con la tasa mínima del 10%”.

La iniciativa también “otorga un régimen de devolución del IVA incluido en las compras en plaza e importaciones de bienes y servicios destinados a integrar directa e indirectamente el costo de los bienes comprendidos en las enajenaciones referidas”, dice el proyecto, en referencia al pan blanco, la pasta y los fideos.

Ampliaremos.

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