Este miércoles, el Senado dio media sanción por unanimidad a un proyecto de ley que prohíbe arrojar cigarrillos, colillas o filtros de cigarrillo en espacios públicos.
Además, el texto amplía los espacios en los que se prohíbe fumar, como todo aquel destinado a menores de edad, a la conservación de la flora y la fauna y lugares en los que se realizan actividades deportivas.
Quien arroje cigarrillos, colillas o filtros de cigarrillo en espacios públicos recibirá una multa que puede ir desde una a diez unidades reajustables y deberá hacer trabajos comunitarios. Los dos artículos que establecen multas fueron votados solo por la coalición.
La fiscalización corresponderá al Ministerio de Ambiente.
En tanto, la ampliación de los lugares en los que no se podrá fumar supone una modificación de la legislación de 2008. Comprende a plazas con juegos, parques de diversiones, parques temáticos y otros similares a los que asistan menores de edad.
Los comercios, shoppings, locales bailables, hoteles, entre otros, deberán colocar ceniceros en el exterior de los establecimientos para garantizar que no se arrojen cigarrillos al suelo.
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