Comercios podrán volver a los descuentos por pago en efectivo cuando se apruebe la LUC

La Razón

Luego de algunas semanas de discusión en comisión, legisladores de la coalición en el Senado resolvieron retirar 35 artículos de la ley de urgente consideración, pero agregar otros, como derogar la prohibición a los comerciantes de hacer descuentos por el pago al contado y en efectivo.

Dicha norma está establecida en el artículo 64 de la Ley de Inclusión Financiera: “Los proveedores o comercios que decidan aceptar tarjetas de débito o instrumentos de dinero electrónico no podrán cobrar en las enajenaciones de bienes o prestaciones de servicios que efectúen un precio mayor si el pago se realiza mediante estos instrumentos que si el mismo se realiza con efectivo”.  

Además, la ley vigente establece que cualquier promoción que ofrezca beneficios –monetarios o no-, a los consumidores con pago en efectivo, “deberá extenderse a los pagos realizados con tarjeta de débito o con instrumento de dinero electrónico”.

En este sentido, el senador del Partido Nacional, Jorge Gandini, dijo a radio Carve que está decisión responde a que “la realidad de hoy es que los instrumentos bancarizados le dan al consumidor la posibilidad de comprar un día x con porcentajes de descuentos en tales productos, pero está prohibido hacer descuentos al contado”.

Gandini aseguró que al caer ese artículo de ley ahora “se va a estar en igualdad de condiciones y quedará en el libre juego de las partes”, en referencia a la incidencia que pueden tener los vínculos entre las tarjetas de crédito y los comerciantes en ese sentido. El legislador confirmó a El Observador que esta iniciativa fue incluida en el artículo de la ley de urgente consideración que ya eliminaba algunos de las disposiciones de la ley de inclusión financiera.  

Entre otros cambios, el proyecto también deroga la disposición de que todos los trabajadores y profesionales independientes deben cobrar su salario a través de medios electrónicos.

Adicionalmente, se modifica el umbral mínimo que inhabilita a realizar operaciones en efectivo. Actualmente este tope está en 40.000 unidades indexadas (unos US$ 4.100 al día de hoy), y a partir de lo dispuesto en el anteproyecto de ley, dicho umbral pasaría a ser de US$ 100 mil.

El Observador

También te puede interesar

Videos
Más Noticias