Elecciones Departamentales y Municipales 2025: Justificaciones y multas por no votar

La Razón

La Corte Electoral brindó detalles de los tiempos que se puede justificar la no asistencia y evitar el pago por incumpliento la votación obligatoria, ver detalles aquí:

La persona que por motivos fundados no haya votado deberá justificarlo.

Están disponibles las causales y documentación válida de acuerdo a cada caso para solicitar justificaciones, así como el valor de las multas por no votar en las elecciones Departamentales y Municipales del 11 de mayo de 2025.
El plazo para realizar justificaciones por no votar será del 13 de mayo al 12 de junio de 2025.

 

El trámite se podrá realizar de forma on line. A partir del 13 de mayo se dispondrá en este sitio el formulario correspondiente.

Son causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar, siempre que se comprueben fehacientemente:

  • Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida la concurrencia a la Comisión Receptora.

En este caso se tomará como prueba válida la presentación de un certificado médico (acompañado por timbre profesional si se tratara de un certificado expedido por una institución privada).

  • Hallarse ausente del país el día de las elecciones.

Las personas que se hallaren fuera del país el día de la elección podrán justificarlo por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como ser certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza.

El plazo para realizar la justificación por esta causal será de 30 días a partir de su ingreso al Uruguay.

Personas con residencia en el exterior
Deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima a su residencia temporaria, dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección, para acreditar hallarse en el exterior.

  • Imposibilidad de concurrir a la Comisión Receptora de Votos durante el día de las elecciones por razones de fuerza mayor.

Se deberá presentar prueba documental de la circunstancia alegada.

Pago de multas: 

Las personas habilitadas para votar que no hubieren sufragado ni justificado su omisión, deberán hacer efectivo el pago de la multa. Dicho pago podrá realizarse en línea a través de la página web de la Corte Electoral.

Costo de la multa: 1 UR

Costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: 2 UR.

No hay plazo para efectuar el pago y el mismo podrá realizarse de forma on line a través de un formulario que se habilitará en esta página web.

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